REPÚBLICA DEL
ECUADOR

   
 
 
 
   
 
   
   
   
Carrión 10-40 y
Av. 10 de Agosto
Quito - Ecuador
(593 2) 299-3284 /
299-3285
 
 
 
 

Oficinas consulares

Son funciones principales de las Oficinas consulares:

1) La gestión administrativa de los intereses consulares del país, dentro de sus respectivas circunscripciones consulares, conforme a los tratados, leyes, reglamentos e instrucciones que reciban del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la correspondiente Misión diplomática;

2) Velar, en su circunscripción y de acuerdo con el carácter de sus funciones por el prestigio de la República y su integridad territorial; por la observancia y cabal aplicación de los tratados válidamente celebrados con el Ecuador y de las demás normas del derecho internacional, relativas al comercio y a la navegación; y por el cumplimiento de las inmunidades o privilegios que les sean debidos;

3) Proteger, dentro de su circunscripción, los derechos e intereses de la República y los de los ecuatorianos, sean personas naturales o jurídicas, sujetándose en ésto a las limitaciones permitidas por la ley, los tratados y el derecho internacional;

4) Difundir el conocimiento de la vida nacional, en general, y en el aspecto económico - comercial en especial;

5) Cultivar buenas relaciones con las autoridades locales y el Cuerpo Consular residente;

6) Informar regularmente al Ministerio de Relaciones Exteriores respecto de las condiciones de la vida comercial, económica y cultural en su respectiva circunscripción consular;

7) Cumplir las instrucciones que recibieren del Ministerio de Relaciones Exteriores y las que le impartiere la Misión diplomática o la Oficina consular bajo cuya jurisdicciones se encuentren; y ejercer, en su caso, funciones de vigilancia administrativa sobre las oficinas de categoría inmediata inferior que se hallen bajo su jurisdicción;

8) Laborar mediante una propaganda oportuna y adecuada, a fin de conseguir un más activo intercambio comercial y la inclusión de productos ecuatorianos en las líneas de importación del país de su residencia;

9) Estudiar e investigar la realidad económica, financiera y comercial del país de su residencia, con el objeto de cooperar, con la respectiva Misión diplomática y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, al cumplimiento de la política que favorezca la suscripción de convenios de intercambio mercantil en beneficio de la economía ecuatoriana; y

10) Cumplir las demás funciones señaladas en la ley, los tratados, los reglamentos y el derecho y la práctica internacionales. ( Art. 63 Ley Orgánica del Servicio Exterior).

   
© Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, 2005