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Carrión 10-40 y
Av. 10 de Agosto
Quito - Ecuador
(593 2) 299-3284 /
299-3285
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SOBERANIA
MARITIMA
Permisos
de Filmación en las Islas Galápagos
Las autorizaciones
son concedidas por el Parque Nacional Galápagos, a través
del Ministerio de Relaciones Exteriores, previa la presentación
de:
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Solicitud
formal explicativa del carácter de la filmación,
guión, objetivos, etc.
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Fecha de
arribo del equipo e itinerario propuesto.
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Dependiendo
del tiempo de duración, el interesado debe cancelar
los derechos de filmación y presentar una garantía
bancaria a favor del Parque Nacional Galápagos.
Dicha garantía es devuelta una vez recibidas dos
copias de la producción, la cual debe terminar
en el plazo previamente estipulado.
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Señalar
el tipo de embarcación que será utilizada
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Designar
un representante legal en el país.
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Al arribar
a Galápagos los productores deben presentarse
en las oficinas del Parque Nacional a fin de suscribir
un convenio de filmación.
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Para la
internación de los equipos de filmación se requiere
de una autorización de la Secretaría Nacional
de Comunicación del Estado: fax: (005932) 2580-070,
Teléfonos: (005932) 2517-544 y 2514-664, Correo
electrónico: galarragal@presidencia-gov.ec.net
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Se procederá
a la firma del convenio y a la concesión del permiso
si se han sido observados los requisitos antes
señalados.
Para las filmaciones
de carácter comercial, los productores pagarán los derechos
y entregarán las garantías que se establecen a continuación:
Producciones
extranjeras de hasta 30 minutos
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Se cancelará
un derecho de US$ 1.000 dólares
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Garantía
bancaria del Banco del Pacífico, por el valor
de US$ 2.000, a nombre del INEFAN, con una validez
de 2 años, la misma que deberá ser renovada oportunamente
antes de la fecha de su vencimiento.
Cuando las producciones
excedan los 30 minutos de filmación, los derechos y
las garantías se incrementarán en el 100% de su valor.
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