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SOBERANIA
MARITIMA
Permisos de Navegación, Recalado
y Estadía para Naves Militares Extranjeras
Los permisos son concedidos por el
Ministerio de Defensa Nacional y la Comandancia General
de la Marina, a través del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
Las solicitudes deben ser presentadas
por las Misiones Diplomáticas o Consulares acreditadas
en el Ecuador, en idioma castellano, con una antelación
de 60 días antes de su viaje, con la siguiente
información:
-
Nombre y matricula de la nave;
-
Características de la nave;
-
Nombre del Capitán y relación
numérica de la tripulación;
-
Lugar y fecha de zarpe y de arribo;
-
Itinerario, duración y plan de
actividades;
-
Frecuencias de comunicaciones e información
sobre la energía.
Permisos de Navegación,
Recalado y Estadía de Naves Extranjeras en el
Archipiélago de Galápagos con fines turísticos
y culturales
La autorización para ingresar
y navegar en aguas circundantes al Archipiélago
de Galápagos la concede la Dirección General
de Intereses Marítimos y el Parque Nacional Galápagos,
a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.
La solicitud debe estar dirigida al
Director General de Intereses Marítimos de la
Armada Nacional, acompañada de una carta de compromiso,
con una antelación de 60 días, a la fecha
de ingreso en aguas jurisdiccionales, en idioma castellano,
debidamente firmada por el armador, propietario o capitán
de la nave y con los siguientes datos:
-
Copia de la matrícula de la nave
(actualizada) con sus características: dimensiones,
tonelaje, capacidad de pasajeros;
-
Nombre del capitán y tripulantes
(con copia de los pasaportes);
-
Lugar y fecha de zarpe y de arribo de
la nave;
-
Duración del recorrido y tiempo
de permanencia de la nave en Galápagos;
-
Determinación del carácter
y finalidad de la expedición;
-
Itinerario de viaje y relación
de las actividades a cumplirse;
-
Nombre de los auspiciantes del viaje,
nacionales o extranjeros, con su dirección epistolar
(con copia del documento que acredite al Gerente como
tal de la empresa auspiciante, de ser ese el caso);
-
Nómina de los participantes de
la expedición (con copias de sus pasaportes);
-
Carta de compromiso de embarcar al o
a los representantes de la Armada Nacional, Ministerio
de Turismo u otros organismos nacionales según
el caso, cuyos gastos de movilización, estadía
a bordo y otros serán a cargo del solicitante;
-
Carta de compromiso de entregar los resultados
de la gira al Ministerio de Turismo;
-
Carta de compromiso de expreso de acatar
las normas de preservación de parques nacionales
y especies naturales declaradas como de reserva nacional,
y de resarcir los perjuicios que llegase a causar en caso
de derrame de hidrocarburos;
El yate debe ingresar por Puerto Baquerizo
Moreno, en la Isla San Cristóbal y durante su permanencia
en aguas jurisdiccionales, su tripulación debe dar
cumplimiento a las normas legales ecuatorianas.
El Capitán del yate debe comunicar
la fecha estimada de arribo. A su llegada deberá
presentarse en las oficinas del Parque Nacional, para
registrar su ingreso, recibir indicaciones, el itinerario
y cancelar los valores establecidos en el Reglamento.
Existen las siguientes alternativas
para visitar el Parque Nacional Galápagos:
-
Si los visitantes realizan la travesía
en su bote privado, deben cancelar la tarifa de ingreso
al Parque Nacional que es de US$ 100 dólares
por cada persona extranjera mayor de 12 años
y US$ 50 dólares por los extranjeros menores
de 12 años, por una sola vez. Los estudiantes
deberán cancelar US$ 25 dólares. Los visitantes
nacionales de un país de la Comunidad Andina
de Naciones deberán cancelar US$ 50 dólares
por cada persona mayor de 12 años y US$ 25 dólares
por cada persona menor de 12 años, por una sola
vez. Los visitantes de nacionalidad ecuatoriana deberán
cancelar US$ 6 dólares por cada persona mayor
de 12 años y US$ 3 dólares por cada persona
menor de 12 años.
-
Adicionalmente, deben cancelar US$
200 dólares, por persona, incluida la tripulación
por cada día de visita.
-
Si los visitantes anclan su yate en
uno de los puertos locales y realizan la visita en una
embarcación ecuatoriana con licencia para operar
en turismo, deben cancelar únicamente la tarifa
de ingreso al Parque Nacional.
En ambas opciones, los visitantes deben
contratar un guía naturista en las oficinas del Parque
Nacional quien deberá acompañarlos durante toda
la travesía.
La embarcación debe contar con
el Certificado de Fumigación, obtenido en el último
puerto de procedencia y someterse además, a una
inspección y control previo, a fin de evitar el
transporte e introducción de organismos ajenos
a las Islas.
Permisos de Navegación,
Recalado y Estadía de Naves Extranjeras en el Archipiélago
de Galápagos con fines científicos:
La autorización para ingresar
y navegar en aguas circundantes al Archipiélago
de Galápagos la concede la Dirección General
de Intereses Marítimos y el Parque Nacional Galápagos,
a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.
La solicitud debe estar dirigida al Director
General de Intereses Marítimos de la Armada Nacional,
acompañada de una carta de compromiso, con una
antelación de 60 días, a la fecha de ingreso
en aguas jurisdiccionales, en idioma castellano, debidamente
firmada por el armador, propietario o capitán de
la nave y con los siguientes datos:
-
Copia de la matrícula de la
nave (actualizada) con sus características: dimensiones,
tonelaje, capacidad de pasajeros;
-
Nombre del capitán y tripulantes
(con copia de los pasaportes);
-
Lugar y fecha de zarpe y de arribo
de la nave;
-
Duración del recorrido y tiempo
de permanencia de la nave en Galápagos;
-
Determinación del carácter
y finalidad de la expedición;
-
Itinerario de viaje y relación
de las actividades a cumplirse;
-
Nombre de los auspiciantes del viaje,
nacionales o extranjeros, con su dirección epistolar
(con copia del documento que acredite al Gerente como
tal de la empresa auspiciante, de ser ese el caso);
-
Nómina de los participantes
de la expedición (con copias de sus pasaportes);
-
Carta de compromiso de embarcar al
o a los representantes de la Armada Nacional,
-
Ministerio de Turismo u otros organismos
nacionales según el caso, cuyos gastos de movilización,
estadía a bordo y otros serán a cargo del
solicitante;
-
Carta de compromiso de entregar los
resultados de la gira al Ministerio de Turismo;
-
Carta de compromiso de expreso de acatar
las normas de preservación de parques nacionales
y especies naturales declaradas como de reserva nacional,
y de resarcir los perjuicios que llegase a causar en caso
de derrame de hidrocarburos;
-
Nómina del personal científico
que participará en la expedición (con copias
de sus pasaportes);
-
Nómina de los representantes
o apoderados en el Ecuador con su dirección epistolar;
-
Detalle de las investigaciones a realizarse,
su perfil, objetivos y finalidades;
-
Carta de compromiso de colaborar con
técnicos o científicos ecuatorianos del
Instituto Oceanográfico de la Armada Nacional,
del Instituto Geográfico Militar, de CLIRSEN, del
Ministerio de Ambiente o de otros organismos del sector
público según el campo de su investigación,
a fin de que participen en el crucero de investigación;
-
Carta de compromiso de entregar en
forma gratuita los resultados completos y debidamente
procesados de la investigación, a la entidad ecuatoriana
competente, a través de la vía diplomática
y señalándose plazo de entrega;
El yate debe ingresar por Puerto Baquerizo
Moreno, en la Isla San Cristóbal y durante su permanencia
en aguas jurisdiccionales, su tripulación debe dar
cumplimiento a las normas legales ecuatorianas.
El Capitán del yate debe comunicar
la fecha estimada de arribo. A su llegada deberá
presentarse en las oficinas del Parque Nacional, para
registrar su ingreso, recibir indicaciones, el itinerario
y cancelar los valores establecidos en el Reglamento.
Existen las siguientes alternativas
para visitar el Parque Nacional Galápagos:
-
Si los visitantes realizan la travesía
en su bote privado, deben cancelar la tarifa de ingreso
al Parque Nacional que es de US$ 100 dólares por
cada persona extranjera mayor de 12 años y US$
50 dólares por los extranjeros menores de 12 años,
por una sola vez. Los estudiantes deberán cancelar
US$ 25 dólares. Los visitantes nacionales de un
país de la Comunidad Andina de Naciones deberán
cancelar US$ 50 dólares por cada persona mayor
de 12 años y US$ 25 dólares por cada persona
menor de 12 años, por una sola vez. Los visitantes
de nacionalidad ecuatoriana deberán cancelar US$
6 dólares por cada persona mayor de 12 años
y US$ 3 dólares por cada persona menor de 12 años.
-
Adicionalmente, deben cancelar US$
200 dólares, por persona, incluida la tripulación
por cada día de visita.
-
Si los visitantes anclan su yate en
uno de los puertos locales y realizan la visita en una
embarcación ecuatoriana con licencia para operar
en turismo, deben cancelar únicamente la tarifa
de ingreso al Parque Nacional.
En ambas opciones, los visitantes deben
contratar un guía naturista en las oficinas del
Parque Nacional quien deberá acompañarlos
durante toda la travesía.
La embarcación debe contar con
el Certificado de Fumigación, obtenido en el último
puerto de procedencia y someterse además, a una
inspección y control previo, a fin de evitar el
transporte e introducción de organismos ajenos
a las Islas.
Teléfonos de Contacto:
-Ministerio de Relaciones Exteriores: 593
2 2993200
-Ministerio de Turismo: 593 2 2507555 /
593 2 2507557
-Ministerio del Ambiente: 593 2 2529845
-Parque Nacional Galápagos: 593 5
2526511
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