REPÚBLICA DEL
ECUADOR

   
 
 
 
   
   
 
   
 
Carrión 10-40 y
Av. 10 de Agosto
Quito - Ecuador
(593 2) 299-3284 /
299-3285
 
 
 
 

 SOBERANIA MARITIMA

Permisos de Navegación, Recalado y Estadía para Naves Militares Extranjeras

Los permisos son concedidos por el Ministerio de Defensa Nacional y la Comandancia General de la Marina, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Las solicitudes deben ser presentadas por las Misiones Diplomáticas o Consulares acreditadas en el Ecuador, en idioma castellano, con una antelación de 60 días antes de su viaje, con la siguiente información:

  • Nombre y matricula de la nave;
  • Características de la nave;
  • Nombre del Capitán y relación numérica de la tripulación;
  • Lugar y fecha de zarpe y de arribo;
  • Itinerario, duración y plan de actividades;
  • Frecuencias de comunicaciones e información sobre la energía.

Permisos de Navegación, Recalado y Estadía de Naves Extranjeras en el Archipiélago de Galápagos con fines turísticos y culturales

La autorización para ingresar y navegar en aguas circundantes al Archipiélago de Galápagos la concede la Dirección General de Intereses Marítimos y el Parque Nacional Galápagos, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.

La solicitud debe estar dirigida al Director General de Intereses Marítimos de la Armada Nacional, acompañada de una carta de compromiso, con una antelación de 60 días, a la fecha de ingreso en aguas jurisdiccionales, en idioma castellano, debidamente firmada por el armador, propietario o capitán de la nave y con los siguientes datos:

  • Copia de la matrícula de la nave (actualizada) con sus características: dimensiones, tonelaje, capacidad de pasajeros;

  • Nombre del capitán y tripulantes (con copia de los pasaportes);

  • Lugar y fecha de zarpe y de arribo de la nave;

  • Duración del recorrido y tiempo de permanencia de la nave en Galápagos;

  • Determinación del carácter y finalidad de la expedición;

  • Itinerario de viaje y relación de las actividades a cumplirse;

  • Nombre de los auspiciantes del viaje, nacionales o extranjeros, con su dirección epistolar (con copia del documento que acredite al Gerente como tal de la empresa auspiciante, de ser ese el caso);

  • Nómina de los participantes de la expedición (con copias de sus pasaportes);

  • Carta de compromiso de embarcar al o a los representantes de la Armada Nacional, Ministerio de Turismo u otros organismos nacionales según el caso, cuyos gastos de movilización, estadía a bordo y otros serán a cargo del solicitante;

  • Carta de compromiso de entregar los resultados de la gira al Ministerio de Turismo;

  • Carta de compromiso de expreso de acatar las normas de preservación de parques nacionales y especies naturales declaradas como de reserva nacional, y de resarcir los perjuicios que llegase a causar en caso de derrame de hidrocarburos;

El yate debe ingresar por Puerto Baquerizo Moreno, en la Isla San Cristóbal y durante su permanencia en aguas jurisdiccionales, su tripulación debe dar cumplimiento a las normas legales ecuatorianas.

El Capitán del yate debe comunicar la fecha estimada de arribo. A su llegada deberá presentarse en las oficinas del Parque Nacional, para registrar su ingreso, recibir indicaciones, el itinerario y cancelar los valores establecidos en el Reglamento.

Existen las siguientes alternativas para visitar el Parque Nacional Galápagos:

  • Si los visitantes realizan la travesía en su bote privado, deben cancelar la tarifa de ingreso al Parque Nacional que es de US$ 100 dólares por cada persona extranjera mayor de 12 años y US$ 50 dólares por los extranjeros menores de 12 años, por una sola vez. Los estudiantes deberán cancelar US$ 25 dólares. Los visitantes nacionales de un país de la Comunidad Andina de Naciones deberán cancelar US$ 50 dólares por cada persona mayor de 12 años y US$ 25 dólares por cada persona menor de 12 años, por una sola vez. Los visitantes de nacionalidad ecuatoriana deberán cancelar US$ 6 dólares por cada persona mayor de 12 años y US$ 3 dólares por cada persona menor de 12 años.

  • Adicionalmente, deben cancelar US$ 200 dólares, por persona, incluida la tripulación por cada día de visita.

  • Si los visitantes anclan su yate en uno de los puertos locales y realizan la visita en una embarcación ecuatoriana con licencia para operar en turismo, deben cancelar únicamente la tarifa de ingreso al Parque Nacional.

En ambas opciones, los visitantes deben contratar un guía naturista en las oficinas del Parque Nacional quien deberá acompañarlos durante toda la travesía.

La embarcación debe contar con el Certificado de Fumigación, obtenido en el último puerto de procedencia y someterse además, a una inspección y control previo, a fin de evitar el transporte e introducción de organismos ajenos a las Islas.

Permisos de Navegación, Recalado y Estadía de Naves Extranjeras en el Archipiélago de Galápagos con fines científicos:

La autorización para ingresar y navegar en aguas circundantes al Archipiélago de Galápagos la concede la Dirección General de Intereses Marítimos y el Parque Nacional Galápagos, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.

La solicitud debe estar dirigida al Director General de Intereses Marítimos de la Armada Nacional, acompañada de una carta de compromiso, con una antelación de 60 días, a la fecha de ingreso en aguas jurisdiccionales, en idioma castellano, debidamente firmada por el armador, propietario o capitán de la nave y con los siguientes datos:

  • Copia de la matrícula de la nave (actualizada) con sus características: dimensiones, tonelaje, capacidad de pasajeros;
  • Nombre del capitán y tripulantes (con copia de los pasaportes);
  • Lugar y fecha de zarpe y de arribo de la nave;
  • Duración del recorrido y tiempo de permanencia de la nave en Galápagos;
  • Determinación del carácter y finalidad de la expedición;
  • Itinerario de viaje y relación de las actividades a cumplirse;
  • Nombre de los auspiciantes del viaje, nacionales o extranjeros, con su dirección epistolar (con copia del documento que acredite al Gerente como tal de la empresa auspiciante, de ser ese el caso);
  • Nómina de los participantes de la expedición (con copias de sus pasaportes);
  • Carta de compromiso de embarcar al o a los representantes de la Armada Nacional,
  • Ministerio de Turismo u otros organismos nacionales según el caso, cuyos gastos de movilización, estadía a bordo y otros serán a cargo del solicitante;
  • Carta de compromiso de entregar los resultados de la gira al Ministerio de Turismo;
  • Carta de compromiso de expreso de acatar las normas de preservación de parques nacionales y especies naturales declaradas como de reserva nacional, y de resarcir los perjuicios que llegase a causar en caso de derrame de hidrocarburos;
  • Nómina del personal científico que participará en la expedición (con copias de sus pasaportes);
  • Nómina de los representantes o apoderados en el Ecuador con su dirección epistolar;
  • Detalle de las investigaciones a realizarse, su perfil, objetivos y finalidades;
  • Carta de compromiso de colaborar con técnicos o científicos ecuatorianos del Instituto Oceanográfico de la Armada Nacional, del Instituto Geográfico Militar, de CLIRSEN, del Ministerio de Ambiente o de otros organismos del sector público según el campo de su investigación, a fin de que participen en el crucero de investigación;
  • Carta de compromiso de entregar en forma gratuita los resultados completos y debidamente procesados de la investigación, a la entidad ecuatoriana competente, a través de la vía diplomática y señalándose plazo de entrega;
El yate debe ingresar por Puerto Baquerizo Moreno, en la Isla San Cristóbal y durante su permanencia en aguas jurisdiccionales, su tripulación debe dar cumplimiento a las normas legales ecuatorianas.

El Capitán del yate debe comunicar la fecha estimada de arribo. A su llegada deberá presentarse en las oficinas del Parque Nacional, para registrar su ingreso, recibir indicaciones, el itinerario y cancelar los valores establecidos en el Reglamento.

Existen las siguientes alternativas para visitar el Parque Nacional Galápagos:

  • Si los visitantes realizan la travesía en su bote privado, deben cancelar la tarifa de ingreso al Parque Nacional que es de US$ 100 dólares por cada persona extranjera mayor de 12 años y US$ 50 dólares por los extranjeros menores de 12 años, por una sola vez. Los estudiantes deberán cancelar US$ 25 dólares. Los visitantes nacionales de un país de la Comunidad Andina de Naciones deberán cancelar US$ 50 dólares por cada persona mayor de 12 años y US$ 25 dólares por cada persona menor de 12 años, por una sola vez. Los visitantes de nacionalidad ecuatoriana deberán cancelar US$ 6 dólares por cada persona mayor de 12 años y US$ 3 dólares por cada persona menor de 12 años.
  • Adicionalmente, deben cancelar US$ 200 dólares, por persona, incluida la tripulación por cada día de visita.
  • Si los visitantes anclan su yate en uno de los puertos locales y realizan la visita en una embarcación ecuatoriana con licencia para operar en turismo, deben cancelar únicamente la tarifa de ingreso al Parque Nacional.

En ambas opciones, los visitantes deben contratar un guía naturista en las oficinas del Parque Nacional quien deberá acompañarlos durante toda la travesía.

La embarcación debe contar con el Certificado de Fumigación, obtenido en el último puerto de procedencia y someterse además, a una inspección y control previo, a fin de evitar el transporte e introducción de organismos ajenos a las Islas.

Teléfonos de Contacto:

-Ministerio de Relaciones Exteriores: 593 2 2993200

-Ministerio de Turismo: 593 2 2507555 / 593 2 2507557

-Ministerio del Ambiente: 593 2 2529845

-Parque Nacional Galápagos: 593 5 2526511

   
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