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SOBERANIA
TERRITORIAL
Ecuador
y Colombia
Acta
del 6 de Julio de 1947
En la ciudad de Pasto
a los siete días del mes de julio del año de mil novecientos
cuarenta y siete siendo Presidente de la República del Ecuador
el Excelentísimo Señor Doctor Don José María Velasco Ibarra
y Presidente de la República de Colombia el Excelentísimo
Señor Doctor Don Mariano Ospina Pérez se reunieron los señores
Capitán Ingeniero Don Nelson Paz y Miño y Capitán Don Braulio
Jiménez Delegados del Gobierno del Ecuador y del Gobierno
de Colombia, respectivamente, para constituir la Comisión
Mixta ecuatoriano - colombiana que debe efectuar el cambio
de placas en los hitos del Sector Cuhimbé-Putumayo-Sucuabíos
que pasó, en virtud del Protocolo de Paz Amistad y Límites
suscrito entre el Ecuador y el Perú el 29 de enero de mil
novecientos cuarenta y dos, a la soberanía ecuatoriana, hitos
que fueron instalados por la Comisión Mixta Colombo - peruana
de mil novecientos veintiocho y mil novecientos veintinueve;
los cuales Delegados después de exhibir sus Credenciales que
fueron halladas en debida forma, acordaron:
PRIMERO.- Dar por inauguradas las labores de la Comisión Mixta ecuatoriano
-colombiana para el cambio de placas en los hitos del Sector
Cuhimbé-Putumayo-Sucumbíos, según lo acordado entre los Gobiernos
del Ecuador y, de Colombia.
SEGUNDO.- La Comisión Mixta Colombo - peruana de mil novecientos veintiocho
y mil novecientos veintinueve, instaló cinco hitos en el meridiano
- frontera que parte de la boca del Cuhimbé hacia el Sucumbíos,
según se desprende de las actas suscritas el 3, 14 y 17 de
Agosto de 1929. En consecuencia deberán cambiarse las placas
de los cuatro primeros hitos a fin de que conste la palabra
"ECUADOR" en lugar de la de "PERU". El
hito N° 5 que según el Acta de Agosto 3 de 1929 es halla en
territorio colombiano debe quedar intacto.
TERCERO.- Los hitón 6 y 7 colocados por la Comisión Mixta colombo-peruana
en la zona de la desembocadura del río San Miguel en el Putumayo,
deberán destruirse por ser inútiles.
CUARTO.- Si alguno de los cinco primeros hitos estuvieron destruido
o en tales condiciones que se temiere su destrucción, deberán
ser reconstruidos en los mismos lugares donde fueron levantados,
tomando en cuenta las características detalladas en las respectivas
actas de instalación.
En fe de lo cual y para
dejar constancia de lo acordado firmaron y sellaro, por cuadruplicado,
la presente Acta en el lugar y fecha arriba indicados.
- EL DELEGADO DEL ECUADOR
- f) N.G. Paz y Miño
- Cap. Ing.
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- EL DELEGADO DE COLOMBIA
- f) Braulio Jiménez
- Capitán
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