REPÚBLICA DEL
ECUADOR

   
   
 
 
 
   
   
   
 
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Av. 10 de Agosto
Quito - Ecuador
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PODERES

Un Poder puede ser General o Especial.

El Poder General sirve para realizar todos los actos jurídicos posibles.
Un poder Especial sirve únicamente para el objeto específico de su otorgamiento.
Requisitos para el otorgamiento de un Poder:
  • La presencia del poderdante con su cédula de identidad o pasaporte vigente.
  • Si es un Poder Especial, el poderdante lo debe presentar en un modelo denominado "Minuta", elaborado por un Abogado o explicar verbalmente al funcionario consular de la finalidad del poder.
  • El valor de los Poderes Generales o Especiales es de US$ 80.00 dólares.
Los poderes Especiales para actos de estado civil, tales como: trámite de divorcio, de reconocimiento de hijos, para la celebración de matrimonio en ausencia de uno de los cónyuges, así como para el trámite de reconocimiento de nacionalidad ecuatoriana, tienen un valor de US $80.00 dólares.Los Poderes para el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas –IECE-, son gratuitos. Revocatoria de Poder: El Poder General y el Poder Especial pueden revocarse en cualquier tiempo, para ello, la persona que lo concedió debe acercarse al Consulado ecuatoriano con el número de poder y la fecha de emisión, el costo de la revocatoria es de US $80.00 dólares.
   
© Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, 2005