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MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE
Defensa de las Especies Amenazadas
La Convención sobre el Comercio Internacional
de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres –CITES-,
adoptada el 3 de marzo de 1973 se encarga de prevenir, regular,
controlar y sancionar el comercio internacional de las especies
que se encuentran amenazadas o en vías de extinción.
El Ecuador suscribió la Convención el 12 de
diciembre de 1974 y, mediante Decreto Ejecutivo No. 77 de
27 de enero de 1975, procedió a su ratificación.
La Convención CITES entró en vigencia para el
país el 1° de julio de 1975.
CITES es un tratado internacional administrado
por las Naciones Unidas y que se integra en la Estrategia
Mundial para la Conservación del Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente –PNUMA-. CITES regula
el comercio internacional de todas las especies incluidas
en los Apéndices I, II y III, alusivos a las especies
amenazadas que están o pueden estar afectadas por el
comercio, a las que el comercio podría afectar si no
se toman medidas estrictas para su control a nivel internacional
y a las que están sujetas de regulaciones especiales,
dentro de la jurisdicción de cada país, con
el propósito de restringir o prevenir su explotación.
En los últimos años se ha registrado
una alarmante disminución en las poblaciones de muchas
especies silvestres en razón de la pérdida de
su hábitat y al aumento de su explotación por
el crecimiento de los asentamientos humanos. El comercio constituye
el factor principal para la disminución de muchas especies.
Investigaciones a cargo de organismos internacionales
especializados determinan periódicamente las listas
de especies de flora y fauna silvestres consideradas en peligro
de extinción y que pueden ser susceptibles de recibir
las diferentes modalidades de protección previstas
en la Convención CITES.
La I Reunión Regional de la Convención
CITES en América Latina se realizó en Quito
en el 2000, con el fin de examinar los problemas comunes y
definir posiciones y estrategias de los países de América
Latina y el Caribe, región caracterizada por su megadiversidad
biológica y una de las que más aporta al comercio
de la vida silvestre.
La 14ª Reunión de la Conferencia
de las Partes (Cop14) de la Convención sobre el Comercio
Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre
-CITES-, se realizó en La Haya en junio del 2007. El
Ecuador presentó posiciones sobre la caoba y cedro,
listadas en el Apéndice II de CITES
Convención Interamericana
para la Protección y Conservación de las Tortugas
Marinas.
La Convención Interamericana para
la Protección y Conservación de las Tortugas
Marinas, que fue adoptada en Caracas, Venezuela el 1 de diciembre
de 1996 y entró en vigencia en mayo del 2001, atiende
la necesidad de implementar medidas concertadas entre naciones,
coordinar acciones multilaterales de conservación y
protección, y velar por la implementación de
una agenda regional que conduzca a la recuperación
de estas especies El Ecuador ratificó esta Convención
mediante Decreto Ejecutivo No. 719 y ésta entró
al Registro Oficial el 6 de Septiembre de 2000.
La Cancillería coordinó con
las entidades nacionales involucradas la reestructuración
de los puntos focales de contacto para las diferentes instancias
de la Convención, se nombró a los representantes
del Ecuador ante el Comité Científico y el Comité
Consultivo.
Actualmente se analiza la propuesta y los
términos de referencia para el establecimiento de una
Secretaría Permanente, integrada por un representante
de cada país, y se estudia el mecanismo de contribuciones
anuales que establece la Convención para los países
miembros.
El Ecuador participó en la Primera
Reunión Extraordinaria de la Convención Interamericana
para la Protección y Conservación de las Tortugas
Marinas, que se llevó a cabo en Lima en octubre del
2007.
Convenio para la Conservación
y Manejo de la Vicuña.
El Convenio para la Conservación y
Manejo de la Vicuña fue suscripto por el Ecuador en
la ciudad de Lima, el 20 de diciembre de 1979. El Convenio
tiene por objeto la conservación de la vicuña.
Los Gobiernos signatarios se comprometen al aprovechamiento
gradual de la misma. En primer lugar, se prohíben la
caza y la comercialización ilegales de la vicuña,
sus productos y derivados en el territorio de los países
signatarios. En el caso de que alguno de ellos alcanzare un
nivel de poblaciones de vicuña cuyo manejo permitiere
la producción de carne, vísceras y huesos, así
como la transformación de cueros y de fibra en telas,
podrá comercializarlos bajo estricto control del Estado,
según lo establecido por el artículo 3º.
El Ecuador asumió la Secretaría
Pro Témpore en el 2007, priorizando el desarrollo de
programas y otras actividades tendientes a la promoción
de híbridos entre vicuñas y alpacas.
La XII Reunión Técnica y XXVI
Reunión Ordinaria del Convenio de la Vicuña
se celebraron en la Paz en diciembre del 2007, en la cual
el Ecuador participó activamente. Bolivia ostenta actualmente
la Secretaría Pro Témpore.
Acuerdo sobre la Conservación
de Albatros y Petreles.
El Acuerdo sobre la Conservación de
Albatros y Petreles –ACAP- entró en vigencia
el 1 de febrero de 2004. ACAP es un acuerdo multilateral que
busca conservar los albatros y petrels a través de
la coordinación de actividades Internacional con objeto
de disminuir las amenazas ya conocidas a las poblaciones de
albatros y petreles. El Ecuador es parte del mencionado Acuerdo
desde que lo firmó el 2 de febrero de 2001 en Cape
Town, Sudáfrica, y lo ratificó el 18 de febrero
de 2003.
El delegado ecuatoriano participó
en el I Taller sobre elaboración del Plan de Acción
para la Conservación de Albatros y Petreles, realizado
en Lima en junio del 2007, quien presentó el Plan de
Acción Nacional, que se orienta a la implementación
en nuestro país del Plan General del ACAP y tiene como
objetivo conocer la realidad sobre la pesca incidental de
albatros en Galápagos e implementar medidas de mitigación,
de ser necesarias, sin afectar negativamente a las comunidades
de pescadores.
La Reunión Binacional del Plan de
Acción para Albatros de Galápagos se efectuará
en Guayaquil en abril del 2008. Los Ministerios de Relaciones
Exteriores, Comercio e Integración, y del Ambiente
coordinan los detalles de este encuentro, así como
el análisis del Plan de Acción y de Implementación
del Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles.
Comisión Ballenera Internacional
–CBI-.
El Ecuador adhirió a la Comisión
Ballenera Internacional en 1991 y dejó de pertenecer
a la CBI a partir de junio de 1994. Por la importancia e interés
en el tema ambiental y de las especies, el Ecuador reingresó
a la CBI el 3 de mayo de 2007.
El país participó activamente
en la 59ª Reunión de la Comisión Ballenera
Internacional, en Alaska en mayo del 2007, oportunidad en
que subrayó sus posiciones a favor de la protección
de ballenas y de la moratoria en su cacería.
También participó en el Encuentro
de Comisionados de América Latina de la CBI y de autoridades
de la región competentes en materia de cetáceos,
en Buenos Aires en diciembre de 2007. En dicha reunión
Cancillería y el Ministerio del Ambiente dieron seguimiento
a la elaboración de la “Estrategia Latinoamericana
de Cooperación para la Conservación de Cetáceos”.
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