REPÚBLICA DEL
ECUADOR

   
 
 
 
   
   
 
   
 
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MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Defensa de las Especies Amenazadas

La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres –CITES-, adoptada el 3 de marzo de 1973 se encarga de prevenir, regular, controlar y sancionar el comercio internacional de las especies que se encuentran amenazadas o en vías de extinción. El Ecuador suscribió la Convención el 12 de diciembre de 1974 y, mediante Decreto Ejecutivo No. 77 de 27 de enero de 1975, procedió a su ratificación. La Convención CITES entró en vigencia para el país el 1° de julio de 1975.

CITES es un tratado internacional administrado por las Naciones Unidas y que se integra en la Estrategia Mundial para la Conservación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente –PNUMA-. CITES regula el comercio internacional de todas las especies incluidas en los Apéndices I, II y III, alusivos a las especies amenazadas que están o pueden estar afectadas por el comercio, a las que el comercio podría afectar si no se toman medidas estrictas para su control a nivel internacional y a las que están sujetas de regulaciones especiales, dentro de la jurisdicción de cada país, con el propósito de restringir o prevenir su explotación.

En los últimos años se ha registrado una alarmante disminución en las poblaciones de muchas especies silvestres en razón de la pérdida de su hábitat y al aumento de su explotación por el crecimiento de los asentamientos humanos. El comercio constituye el factor principal para la disminución de muchas especies.

Investigaciones a cargo de organismos internacionales especializados determinan periódicamente las listas de especies de flora y fauna silvestres consideradas en peligro de extinción y que pueden ser susceptibles de recibir las diferentes modalidades de protección previstas en la Convención CITES.

La I Reunión Regional de la Convención CITES en América Latina se realizó en Quito en el 2000, con el fin de examinar los problemas comunes y definir posiciones y estrategias de los países de América Latina y el Caribe, región caracterizada por su megadiversidad biológica y una de las que más aporta al comercio de la vida silvestre.

La 14ª Reunión de la Conferencia de las Partes (Cop14) de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre -CITES-, se realizó en La Haya en junio del 2007. El Ecuador presentó posiciones sobre la caoba y cedro, listadas en el Apéndice II de CITES

Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas.

La Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, que fue adoptada en Caracas, Venezuela el 1 de diciembre de 1996 y entró en vigencia en mayo del 2001, atiende la necesidad de implementar medidas concertadas entre naciones, coordinar acciones multilaterales de conservación y protección, y velar por la implementación de una agenda regional que conduzca a la recuperación de estas especies El Ecuador ratificó esta Convención mediante Decreto Ejecutivo No. 719 y ésta entró al Registro Oficial el 6 de Septiembre de 2000.

La Cancillería coordinó con las entidades nacionales involucradas la reestructuración de los puntos focales de contacto para las diferentes instancias de la Convención, se nombró a los representantes del Ecuador ante el Comité Científico y el Comité Consultivo.

Actualmente se analiza la propuesta y los términos de referencia para el establecimiento de una Secretaría Permanente, integrada por un representante de cada país, y se estudia el mecanismo de contribuciones anuales que establece la Convención para los países miembros.

El Ecuador participó en la Primera Reunión Extraordinaria de la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, que se llevó a cabo en Lima en octubre del 2007.

Convenio para la Conservación y Manejo de la Vicuña.

El Convenio para la Conservación y Manejo de la Vicuña fue suscripto por el Ecuador en la ciudad de Lima, el 20 de diciembre de 1979. El Convenio tiene por objeto la conservación de la vicuña. Los Gobiernos signatarios se comprometen al aprovechamiento gradual de la misma. En primer lugar, se prohíben la caza y la comercialización ilegales de la vicuña, sus productos y derivados en el territorio de los países signatarios. En el caso de que alguno de ellos alcanzare un nivel de poblaciones de vicuña cuyo manejo permitiere la producción de carne, vísceras y huesos, así como la transformación de cueros y de fibra en telas, podrá comercializarlos bajo estricto control del Estado, según lo establecido por el artículo 3º.

El Ecuador asumió la Secretaría Pro Témpore en el 2007, priorizando el desarrollo de programas y otras actividades tendientes a la promoción de híbridos entre vicuñas y alpacas.

La XII Reunión Técnica y XXVI Reunión Ordinaria del Convenio de la Vicuña se celebraron en la Paz en diciembre del 2007, en la cual el Ecuador participó activamente. Bolivia ostenta actualmente la Secretaría Pro Témpore.

Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles.

El Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles –ACAP- entró en vigencia el 1 de febrero de 2004. ACAP es un acuerdo multilateral que busca conservar los albatros y petrels a través de la coordinación de actividades Internacional con objeto de disminuir las amenazas ya conocidas a las poblaciones de albatros y petreles. El Ecuador es parte del mencionado Acuerdo desde que lo firmó el 2 de febrero de 2001 en Cape Town, Sudáfrica, y lo ratificó el 18 de febrero de 2003.

El delegado ecuatoriano participó en el I Taller sobre elaboración del Plan de Acción para la Conservación de Albatros y Petreles, realizado en Lima en junio del 2007, quien presentó el Plan de Acción Nacional, que se orienta a la implementación en nuestro país del Plan General del ACAP y tiene como objetivo conocer la realidad sobre la pesca incidental de albatros en Galápagos e implementar medidas de mitigación, de ser necesarias, sin afectar negativamente a las comunidades de pescadores.

La Reunión Binacional del Plan de Acción para Albatros de Galápagos se efectuará en Guayaquil en abril del 2008. Los Ministerios de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, y del Ambiente coordinan los detalles de este encuentro, así como el análisis del Plan de Acción y de Implementación del Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles.

Comisión Ballenera Internacional –CBI-.

El Ecuador adhirió a la Comisión Ballenera Internacional en 1991 y dejó de pertenecer a la CBI a partir de junio de 1994. Por la importancia e interés en el tema ambiental y de las especies, el Ecuador reingresó a la CBI el 3 de mayo de 2007.

El país participó activamente en la 59ª Reunión de la Comisión Ballenera Internacional, en Alaska en mayo del 2007, oportunidad en que subrayó sus posiciones a favor de la protección de ballenas y de la moratoria en su cacería.

También participó en el Encuentro de Comisionados de América Latina de la CBI y de autoridades de la región competentes en materia de cetáceos, en Buenos Aires en diciembre de 2007. En dicha reunión Cancillería y el Ministerio del Ambiente dieron seguimiento a la elaboración de la “Estrategia Latinoamericana de Cooperación para la Conservación de Cetáceos”.

   
© Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, 2005