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MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

La Gestión de las Sustancias Tóxicas

Importancia del control de las sustancias tóxicas para el Ecuador

El Ecuador es un país predominantemente agrícola, que por el desarrollo intensivo de actividades industriales y el comercio enfrenta la consecuencia de un evidente deterioro ambiental, producto de las descargas sin tratamiento de desechos líquidos sólidos, emisiones a la atmósfera, muchos de ellos, con residuos de metales pesados y productos químicos tóxicos.

Se ha iniciado investigaciones sobre las afectaciones ocasionadas a la salud (sistema endocrino, inmunológico y reproductivo) y al ambiente, por el uso de ciertos plaguicidas. Así mismo, ha promulgado una ley para regular la formulación, fabricación, importación, comercialización y empleo de plaguicidas y productos afines de uso agrícola.

Desde 1990 el Ecuador inició un control formal en el uso de dichos productos y en 1991 se prohibió la importación, comercialización y uso del "aldicarb"; en 1992 el país decidió acogerse a la decisión adoptada por varios países de prohibir la fabricación, comercialización y uso de ciertos plaguicidas, así como al principio del "consentimiento fundamentado previo". En el listado de productos prohibidos se encuentran, entre otros, la aldrina, dieldrina, endrina, DDT, clordano, mirex, toxafeno y heptacloro. El DDT es el único que todavía se utiliza por razones de salud.

Existe el empeño respecto a la industria y a los servicios, de organizar la información específica sobre el uso de los contaminantes orgánicos persistentes. En el caso de las dioxinas y furanos, se producen pero no han sido identificadas las fuentes, lo cual dificulta su destrucción.

El régimen nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos establece que la Secretaría Técnica debe mantener y actualizar los listados nacionales de productos prohibidos, de uso severamente restringido y peligroso que se utilice en el Ecuador, para lo cual las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la formulación y fabricación de los mismos deben proceder a su inmediato registro.

El Ecuador sigue con interés las investigaciones efectuadas por expertos de las Naciones Unidas que afirman que existen concentraciones muy altas de contaminantes orgánicos peligrosos en las regiones árticas y sub-árticas y han determinado la presencia de COP’s en la leche materna de las poblaciones indígenas y rurales en diferentes regiones del planeta, todo lo cual generaría defectos congénitos, problemas de fertilidad y susceptibilidad a las enfermedades del cáncer.

La comunidad científica internacional está consciente de la necesidad de detener y eliminar la fabricación de los COP’s, de los cuales 12 han sido identificados. Su facilidad para transportarse por agua y aire a grandes distancias y la resistencia que presentan para disolverse constituyen riesgos enormes para la salud humana y para la conservación del ambiente.

Convenios de Rótterdam-Basilea y Estocolmo

El Ecuador suscribió el Convenio de Rótterdam referente al "Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto del Comercio Internacional", el 11 de septiembre de 1998.

La aplicación de dicho instrumento permitirá al Ecuador controlar la importación de ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos y, de esta manera, evitar los posibles accidentes y daños ambientales por ellos generados.

Por tales razones, el citado Convenio constituye el instrumento complementario lógico de la Convención de Basilea vinculadas con el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y su eliminación, de la cual el Ecuador es también parte.

Finalmente, el Ecuador participó activamente en las sesiones del Comité Intergubernamental de Negociación para la Adopción de un Instrumento Jurídicamente Vinculante para el control y eliminación de los denominados Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP´s). El Convenio de Estocolmo sobre COP´s de 2001, entró en vigencia en el 2004.

En la actualidad el Ecuador participa en el Grupo Internacional sobre Sinergias de los 3 Convenios internacionales en materia de químicos. La posición ecuatoriana respaldaría los criterios de uso eficiente de los recursos, sin que ello implique la reducción del apoyo destinados hacia fomentar las capacidades institucionales, así como los fondos destinados a proyectos locales.

   
© Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, 2005