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MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE
La Gestión de las Sustancias Tóxicas
Importancia del control de las sustancias
tóxicas para el Ecuador
El Ecuador es un país predominantemente
agrícola, que por el desarrollo intensivo de actividades
industriales y el comercio enfrenta la consecuencia de un
evidente deterioro ambiental, producto de las descargas sin
tratamiento de desechos líquidos sólidos, emisiones
a la atmósfera, muchos de ellos, con residuos de metales
pesados y productos químicos tóxicos.
Se ha iniciado investigaciones sobre las
afectaciones ocasionadas a la salud (sistema endocrino, inmunológico
y reproductivo) y al ambiente, por el uso de ciertos plaguicidas.
Así mismo, ha promulgado una ley para regular la formulación,
fabricación, importación, comercialización
y empleo de plaguicidas y productos afines de uso agrícola.
Desde 1990 el Ecuador inició un control
formal en el uso de dichos productos y en 1991 se prohibió
la importación, comercialización y uso del "aldicarb";
en 1992 el país decidió acogerse a la decisión
adoptada por varios países de prohibir la fabricación,
comercialización y uso de ciertos plaguicidas, así
como al principio del "consentimiento fundamentado previo".
En el listado de productos prohibidos se encuentran, entre
otros, la aldrina, dieldrina, endrina, DDT, clordano, mirex,
toxafeno y heptacloro. El DDT es el único que todavía
se utiliza por razones de salud.
Existe el empeño respecto a la industria
y a los servicios, de organizar la información específica
sobre el uso de los contaminantes orgánicos persistentes.
En el caso de las dioxinas y furanos, se producen pero no
han sido identificadas las fuentes, lo cual dificulta su destrucción.
El régimen nacional para la Gestión
de Productos Químicos Peligrosos establece que la Secretaría
Técnica debe mantener y actualizar los listados nacionales
de productos prohibidos, de uso severamente restringido y
peligroso que se utilice en el Ecuador, para lo cual las personas
naturales y jurídicas que se dediquen a la formulación
y fabricación de los mismos deben proceder a su inmediato
registro.
El Ecuador sigue con interés las investigaciones
efectuadas por expertos de las Naciones Unidas que afirman
que existen concentraciones muy altas de contaminantes orgánicos
peligrosos en las regiones árticas y sub-árticas
y han determinado la presencia de COP’s en la leche
materna de las poblaciones indígenas y rurales en diferentes
regiones del planeta, todo lo cual generaría defectos
congénitos, problemas de fertilidad y susceptibilidad
a las enfermedades del cáncer.
La comunidad científica internacional
está consciente de la necesidad de detener y eliminar
la fabricación de los COP’s, de los cuales 12
han sido identificados. Su facilidad para transportarse por
agua y aire a grandes distancias y la resistencia que presentan
para disolverse constituyen riesgos enormes para la salud
humana y para la conservación del ambiente.
Convenios de Rótterdam-Basilea
y Estocolmo
El Ecuador suscribió el Convenio de
Rótterdam referente al "Procedimiento de Consentimiento
Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos
Químicos Peligrosos Objeto del Comercio Internacional",
el 11 de septiembre de 1998.
La aplicación de dicho instrumento
permitirá al Ecuador controlar la importación
de ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos
y, de esta manera, evitar los posibles accidentes y daños
ambientales por ellos generados.
Por tales razones, el citado Convenio constituye
el instrumento complementario lógico de la Convención
de Basilea vinculadas con el movimiento transfronterizo de
desechos peligrosos y su eliminación, de la cual el
Ecuador es también parte.
Finalmente, el Ecuador participó activamente
en las sesiones del Comité Intergubernamental de Negociación
para la Adopción de un Instrumento Jurídicamente
Vinculante para el control y eliminación de los denominados
Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP´s).
El Convenio de Estocolmo sobre COP´s de 2001, entró
en vigencia en el 2004.
En la actualidad el Ecuador participa en
el Grupo Internacional sobre Sinergias de los 3 Convenios
internacionales en materia de químicos. La posición
ecuatoriana respaldaría los criterios de uso eficiente
de los recursos, sin que ello implique la reducción
del apoyo destinados hacia fomentar las capacidades institucionales,
así como los fondos destinados a proyectos locales.
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