REPÚBLICA DEL
ECUADOR

   
   
 
 
 
   
   
   
 
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DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA

8 VISA 12-VIII INTERCAMBIO CULTURAL

8.1 Sujetos de admisión.

Estudiantes de programas de intercambio, asistidos por una entidad nacional; y,

Extranjeros que desarrollen programas de intercambio cultural, asistidos por entidades nacionales, personas jurídicas u organismos constituidos o que operen legalmente en el Ecuador.

8.2 Requisitos.

- Solicitud de visa, la misma que se encuentra publicada en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores, formulada por el representante legal de la entidad ecuatoriana auspiciante.

- Pasaporte con vigencia mínima de seis meses.

- Copia notariada del acuerdo, decreto registro oficial que contenga la constitución legal de la entidad.

- Nombramiento notariado del representante legal.

- Copia notariada del convenio de intercambio cultural interinstitucional.

- Compromiso del beneficiario para prestar servicios gratuitamente.

- Compromiso de la entidad de sufragar los gastos que se originen por el abandono voluntario del país del beneficiario del visado por motivo de la terminación de su labor cultural o de la orden de deportación emitida por juez competente;

- Garantía de manutención, vivienda, alimentación, vestuario, etc., otorgada por la entidad auspiciante, durante el tiempo de validez de la visa.

8.3 Validez visa.

Un año, renovable.

8.4 Arancel.

Solicitud de Visa: USD 30.00

Valor de la Visa: USD 50.00 y;

Amparo: USD 50.00 por cada uno.

- Si la visa ha sido otorgada en un Consulado del Ecuador en el extranjero, debe estar registrada (dentro de los 30 días del arribo al Ecuador) en la Dirección General de Extranjeria del Ministerio de Gobierno. (San Ignacio 207 y San Javier, Esquina).

8.5 Situaciones especiales.

En el visado debe constar en la parte correspondiente a la actividad: intercambio cultural.

Este visado se la otorga también a los estudiantes extranjeros de la FLACSO, así como a los cadetes que se encuentran asistiendo a las escuelas de formación de las fuerzas armadas o de la policía.

Para los ciudadanos colombianos en todos los casos, a más de estos requisitos es indispensable presentar el pasado judicial apostillado, según señala el Acta Final de la Segunda Reunión de la Comisión Binacional Especial Ecuador – Colombia, sobre Asuntos Migratorios, celebrada en Tulcán, el 26 de abril de 2004.

   
© Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, 2005