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DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA
10. VISA 12-X TRANSEUNTE
10.1 Sujetos de admisión.
En conformidad con el correo circular No.
48/05-SAMC/DGAME del 30 de marzo del 2005, para la emisión
de visa a favor de los ciudadanos de: China Popular, Taiwán,
Corea del Norte, Cuba, India, Irak, Irán, Jordania,
Líbano, Libia, Pakistán, Palestina, Siria, Sudan,
Túnez, Vietnam y Yemen, se necesitan previa autorización
de Cancillería.
Según el correo circular No. 195-SAMC/SAB/DGAME
del 15 de noviembre del 2005, los ciudadanos de Corea del
Sur, no necesita visa para ingresar al Ecuador.
En aplicación al principio de reciprocidad,
mediante circular No.42803 GM/VM/SAMC/DGAME de septiembre
30/05, se notificó a las misiones diplomáticas
y oficinas consulares del Ecuador, que los hombres de negocios
y turistas mexicanos requieren de visa para ingresar al Ecuador.
En aplicación al principio de reciprocidad,
mediante circular No. 1089/DGAME-2006 de 23 de marzo del 2006
se notificó a las misiones diplomáticas y oficinas
consulares del Ecuador, que los ciudadanos panameños
en calidad de turistas deberán obtener visa consular
para ingresar al Ecuador.
En aplicación del principio de reciprocidad,
mediante Memorando Circular No.102 06/DGAME de 22 de mayo
del 2006 se notificó a las misiones diplomáticas
y oficinas consulares del Ecuador, que los ciudadanos de Andorra
no requieren de visa consular para ingresar al Ecuador.
Mediante correo circular No. 195-SAMC/SAB/DGAME
de noviembre 15 del 2005, se notifica a las misiones diplomáticas
y oficinas consulares del Ecuador, los nacionales que requieren
y no de visa para ingresar al Ecuador como turistas., cuyos
listados consolidados se remitieron con Circular No 3284-DGAME/06,
de 22 de agosto de 2006.
10.2 REQUISITOS
- Solicitud
de visa, la misma que consta en la pagina Web del Ministerio
de Relaciones Exteriores
- Pasaporte con validez mínima de
seis meses.
- Certificado de solvencia económica,
o garantía personal otorgada ante notario público,
por un ciudadano ecuatoriano, o un extranjero residente en
el país,
- Certificados bancarios o estados de cuenta,
o carta notariada en donde la empresa garantiza la actividad
y los gastos de estadía del interesado durante su permanencia
en el país.
10.3 Validez Visa
Por un período máximo de 90
días renovable.
10.4 Arancel.
- Solicitud de Visa: USD 30.00
- Valor de la Visa: USD 30.00
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