| PASOS
A SEGUIR PARA SOLICITAR REFUGIO EN EL ECUADOR
Inicio
del Proceso:
1.
Acudir a la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones
Exteriores, localizada en Av. 10 de Agosto 18-55 entre
Carrión y San Gregorio, Edificio Solís 4to piso, teléfono
(02) 222-7650, para solicitar una “CITA INICIAL: DE
EMISIÓN DE CARNÉ DE SOLICITANTE”. Esta
solicitud puede ser realizada de lunes a viernes
luego de la entrevista de información que se efectúa
de 8:30 am a 10:00 am o de 10:30 a 12:00. La cita
de primera vez puede realizarse telefónicamente o utilizando
el formulario electrónico al que puede acceder pulsando aquí.
2.
El día que fue citado para a la cita inicial el solicitante
debe acercarse a la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones
Exteriores. En esta oficina el solicitante deberá presentar
los siguientes documentos:
-
Original
y copia de un documento oficial de identidad; tal como
la cédula de ciudadanía, documento nacional de
identidad D.N.I, pasaporte, etc.
-
Original y copia de la Tarjeta Andina (TAM). Para los
ciudadanos de países andinos (Colombia, Perú,
Bolivia, Venezuela). Para el resto de extranjeros presentar
el original y copia de la página del pasaporte en donde
está el sello de ingreso emitido por Migración
del Ecuador.
-
Original
y copia del Pasado Judicial (solamente los ciudadanos colombianos).
-
Original
y copia del registro de nacimiento o tarjeta de identificación
de hijos menores.
-
Original
notariado y copia del permiso de salida del país de origen
de menores que no estén acompañados por los dos
padres. Cuando el menor esta acompañado solamente por
uno de los dos padres es necesario presentar una declaración
juramentada (realizada en una notaria ecuatoriana) de la tenencia
legal del menor o documentos que certifiquen la tenencia legal
del hijo/hija.
Cuando
todos los documentos sean presentados en la Oficina de Refugiados,
se procederá a emitir los carnés de solicitante,
para esto deben estar presentes todos los miembros del grupo familiar
que solicita refugio (inclusive los menores dependientes e infantes).
Finalmente,
luego el carné de solicitante se procederá a entregar
una cita para entrevista en la Oficina de Refugiados del Ministerio
de Relaciones Exteriores.
Proceso
de Entrevistas:
Durante
el proceso de registro, a los solicitantes se les entrega una cita
para entrevista, en la Oficina de Refugiados de la Cancillería.
Es indispensable que el solicitante asista a la cita establecida,
de preferencia con 15 minutos de antelación.
Si el solicitante no asiste a las citas de entrevista durante
un plazo dos meses su caso es caducado y archivado de acuerdo
a lo que dictamina el Estatuto Jurídico de la Función
Ejecutiva.
Si por
algún motivo de fuerza mayor el solicitante no puede asistir
a la cita con la Oficina de Refugiados es la obligación
de este el informar telefónicamente al (02)
222-7650 de lo sucedido, y solicitar una nueva cita. El cambio de
cita se realiza una sola vez, ya
que a la segunda falta a una cita el caso es considerado caducado.
Proceso de Notificación:
El solicitante
luego de haber sido entrevistado deberá esperar alrededor
de 30 días para una respuesta. Las personas que no viven
en Quito pueden llamar al (02) 222-7650 para averiguar si su caso
tiene respuesta.
Las notificaciones
se realizan personalmente en la Oficina de Refugiados de la Cancillería
los días lunes y miércoles a las 8:30am.
-
A
los solicitantes que son aceptados se les entrega una cita para
emisión de la Visa de Refugiado.
-
Los solicitantes que son negados tienen 30 días para
presentar por escrito una apelación a la decisión.
Las apelaciones son receptadas los días martes y jueves
a las 8:30am.
Lista Rápida de Pasos:
-
Ingreso en la base de datos.
-
Solicitud de “cita inicial” o de
primera vez en la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones
Exteriores (lunes a viernes de 8:30 a.m. a 9:30 a.m.) La cita
puede ser pedida por teléfono o Internet.
-
Ingreso de solicitud y recepción de documentos
en la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores.
-
Emisión de carné de solicitante.
-
Entrega de cita para entrevista en la Oficina
de Refugiados
-
Entrevistas: Comité Pro Refugiados y
Oficina de Refugiados de la Cancillería
-
Notificación escrita de resolución
de la Comisión.
-
Emisión de Visa de refugiado para casos
aceptados, o apelación para casos negados (la apelación
es un trámite opcional que puede ser presentado a más
tardar 30 días después de la notificación)
.
-
Notificación escrita de resolución
del Ministro sobre la apelación. Emisión de Visa
a casos aceptados en apelación.
Nota importante:
Los casos aceptados deben realizar una cita para la emisión
de la VISA 12-IV (visa de refugio), esta cita se la puede solicitar
en el momento de la notificación, por teléfono, o
a través del formulario electrónico de esta página.
Luego de emitida la visa, el refugiado debe acercarse a la oficina
de migración más cercana a su residencia para ser
censado en un plazo máximo de 30 días. El censo es
una obligación de todo extranjero en el Ecuador, y su omisión
puede resultar en multas de hasta $200.00.
Las
personas que fuesen negadas en apelación tienen 30 días
para tramitar otro tipo de visa que legalice su situación
en el Ecuador, o deben abandonar el país. Las personas que
permanezcas ilegales luego del plazo estipulado por la ley podrían
ser deportadas a su país de origen.
TODO
TRAMITE EN A OFICINA DE REFUGIADOS ES GRATUITA” |