Proceso de Solicitud

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         Av. 10 de Agosto 18-55
       entre Carrión y San Gregorio.
             Edificio Solís 4to piso.
  (altos de los almacenes “La Ganga”)
         TELÉFONO: (02) 222-7650
                 FAX: (02) 250-1247
       refugiados@mmrree.gov.ec

PASOS A SEGUIR PARA SOLICITAR REFUGIO EN EL ECUADOR

Inicio del Proceso:

1. Acudir a la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores, localizada en Av. 10 de Agosto 18-55 entre Carrión y San Gregorio, Edificio Solís 4to piso, teléfono (02) 222-7650, para solicitar una “CITA INICIAL: DE EMISIÓN DE CARNÉ DE SOLICITANTE”. Esta solicitud puede ser realizada de lunes a viernes luego de la entrevista de información que se efectúa de 8:30 am a 10:00 am o de 10:30 a 12:00. La cita de primera vez puede realizarse telefónicamente o utilizando el formulario electrónico al que puede acceder pulsando aquí.

2. El día que fue citado para a la cita inicial el solicitante debe acercarse a la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores. En esta oficina el solicitante deberá presentar los siguientes documentos:

  • Original y copia de un documento oficial de identidad; tal como la cédula de ciudadanía, documento nacional de identidad D.N.I, pasaporte, etc.
  • Original y copia de la Tarjeta Andina (TAM). Para los ciudadanos de países andinos (Colombia, Perú, Bolivia, Venezuela). Para el resto de extranjeros presentar el original y copia de la página del pasaporte en donde está el sello de ingreso emitido por Migración del Ecuador.
  • Original y copia del Pasado Judicial (solamente los ciudadanos colombianos).
  • Original y copia del registro de nacimiento o tarjeta de identificación de hijos menores.
  • Original notariado y copia del permiso de salida del país de origen de menores que no estén acompañados por los dos padres. Cuando el menor esta acompañado solamente por uno de los dos padres es necesario presentar una declaración juramentada (realizada en una notaria ecuatoriana) de la tenencia legal del menor o documentos que certifiquen la tenencia legal del hijo/hija.
Cuando todos los documentos sean presentados en la Oficina de Refugiados, se procederá a emitir los carnés de solicitante, para esto deben estar presentes todos los miembros del grupo familiar que solicita refugio (inclusive los menores dependientes e infantes).

Finalmente, luego el carné de solicitante se procederá a entregar una cita para entrevista en la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Proceso de Entrevistas:

Durante el proceso de registro, a los solicitantes se les entrega una cita para entrevista, en la Oficina de Refugiados de la Cancillería. Es indispensable que el solicitante asista a la cita establecida, de preferencia con 15 minutos de antelación. Si el solicitante no asiste a las citas de entrevista durante un plazo dos meses su caso es caducado y archivado de acuerdo a lo que dictamina el Estatuto Jurídico de la Función Ejecutiva.

Si por algún motivo de fuerza mayor el solicitante no puede asistir a la cita con la Oficina de Refugiados es la obligación de este el informar telefónicamente al (02) 222-7650 de lo sucedido, y solicitar una nueva cita. El cambio de cita se realiza una sola vez, ya que a la segunda falta a una cita el caso es considerado caducado.

Proceso de Notificación:

El solicitante luego de haber sido entrevistado deberá esperar alrededor de 30 días para una respuesta. Las personas que no viven en Quito pueden llamar al (02) 222-7650 para averiguar si su caso tiene respuesta.

Las notificaciones se realizan personalmente en la Oficina de Refugiados de la Cancillería los días lunes y miércoles a las 8:30am.

  • A los solicitantes que son aceptados se les entrega una cita para emisión de la Visa de Refugiado.
  • Los solicitantes que son negados tienen 30 días para presentar por escrito una apelación a la decisión. Las apelaciones son receptadas los días martes y jueves a las 8:30am.

Lista Rápida de Pasos:

  • Ingreso en la base de datos.
  • Solicitud de “cita inicial” o de primera vez en la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores (lunes a viernes de 8:30 a.m. a 9:30 a.m.) La cita puede ser pedida por teléfono o Internet.
  • Ingreso de solicitud y recepción de documentos en la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Emisión de carné de solicitante.
  • Entrega de cita para entrevista en la Oficina de Refugiados
  • Entrevistas: Comité Pro Refugiados y Oficina de Refugiados de la Cancillería
  • Notificación escrita de resolución de la Comisión.
  • Emisión de Visa de refugiado para casos aceptados, o apelación para casos negados (la apelación es un trámite opcional que puede ser presentado a más tardar 30 días después de la notificación) .
  • Notificación escrita de resolución del Ministro sobre la apelación. Emisión de Visa a casos aceptados en apelación.

Nota importante: Los casos aceptados deben realizar una cita para la emisión de la VISA 12-IV (visa de refugio), esta cita se la puede solicitar en el momento de la notificación, por teléfono, o a través del formulario electrónico de esta página. Luego de emitida la visa, el refugiado debe acercarse a la oficina de migración más cercana a su residencia para ser censado en un plazo máximo de 30 días. El censo es una obligación de todo extranjero en el Ecuador, y su omisión puede resultar en multas de hasta $200.00.

Las personas que fuesen negadas en apelación tienen 30 días para tramitar otro tipo de visa que legalice su situación en el Ecuador, o deben abandonar el país. Las personas que permanezcas ilegales luego del plazo estipulado por la ley podrían ser deportadas a su país de origen.

TODO TRAMITE EN A OFICINA DE REFUGIADOS ES GRATUITA”

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© Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, 2006

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