PODERES
Un Poder puede ser General o Especial.
El Poder General sirve para realizar
todos los actos jurídicos posibles.
Un poder Especial sirve únicamente
para el objeto específico de su otorgamiento.
Requisitos para el otorgamiento de un Poder:
- La presencia del poderdante con su cédula de identidad
o pasaporte vigente.
- Si es un Poder Especial, el poderdante lo debe presentar en
un modelo denominado "Minuta", elaborado por un Abogado
o explicar verbalmente al funcionario consular de la finalidad
del poder.
- El valor de los Poderes Generales o Especiales es de US$ 80.00
dólares.
Los poderes Especiales para actos de estado civil,
tales como: trámite de divorcio, de reconocimiento de hijos,
para la celebración de matrimonio en ausencia de uno de los
cónyuges, así como para el trámite de reconocimiento
de nacionalidad ecuatoriana, tienen un valor de US $80.00 dólares.Los
Poderes para el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo
y Becas –IECE-, son gratuitos.
Revocatoria de Poder: El Poder
General y el Poder Especial pueden revocarse en cualquier tiempo,
para ello, la persona que lo concedió debe acercarse al Consulado
ecuatoriano con el número de poder y la fecha de emisión,
el costo de la revocatoria es de US $80.00 dólares.
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